Se recuerda que no se pueden comenzar las obras hasta la materialización del pago.
⇒ Objeto
Financiar inversiones o trabajos de los definidos en el Anexo I de la Ley de Contratos del Sector Público, que realicen los Municipios y Entidades Locales Autónomas en sedes de gobierno y en otros edificios vinculados a la prestación de servicios públicos de competencia local.