Texto: LAN\1985\383 Estado: Disposición derogada
Decreto núm. 20/1985 de Consejería de Presidencia, de 5 febrero. Atribución de competencias en materia de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas a los Delegados Provinciales
Datos de la publicación donde se genera esta versión:
BOJA núm. 3 de 11/1/1996
https://www.juntadeandalucia.es/boja/1996/3
Procedencia: Consejería de Presidencia
Versión de 19/12/1995
Tipo de versión: CONSOLIDADA
Vigencia: 12/1/1996
Se atribuyen a los Delegados Provinciales de la Consejería de Gobernación, para su respectivo ámbito territorial, y bajo las directrices de la Agencia de Medio Ambiente, las siguientes, funciones:
1) La vigilancia del cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 2414/1961 de 30 de noviembre.
2) La Presidencia de las Comisiones Provinciales de Calificación de Actividades.
Art. 2ºContra los actos dictados por los Delegados Provinciales de la Consejería de Gobernación en el ejercicio de esta materia, cabrá interponer recurso de alzada ante el Director de la Agencia de Medio Ambiente.
Disposiciones finales 1ªQueda derogado el Decreto 60/1981 de 9 de noviembre (LAN\1981\774), en lo relativo a la vigilancia del cumplimiento del Decreto 2414/1961 y a la Presidencia de las Comisiones Provinciales de Calificación de Actividades.
2ªEl presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
Análisis jurídico
Este documento no tiene validez jurídica