Texto: LAN\1998\399 Estado: Disposición derogada

Resolución de Instituto de Estadística de Andalucía, de 6 noviembre 1998. Composición de la Mesa de Contratación

Datos de la publicación donde se genera esta versión:

BOJA núm. 137 de 1/12/1998

https://www.juntadeandalucia.es/boja/1998/137

Procedencia: Instituto de Estadística de Andalucía

Versión de 6/11/1998

Tipo de versión: INICIAL

Vigencia: 22/12/1998


Primero.-La Mesa de Contratación del Instituto de Estadística de Andalucía, que asistirá con carácter permanente al Organo de Contratación para la adjudicación de contratos, tendrá la siguiente composición:

a) Presidente: La Secretaria General. En caso de ausencia, será suplida por el Jefe de Servicio de mayor antigüedad en el Organismo Autónomo.

b) Vocales:

1. El Jefe del Servicio de Difusión y Síntesis Estadística. En su defecto, será suplido por un funcionario designado al efecto por el titular del Servicio.

2. El Jefe de Informática. En su defecto, será suplido por un funcionario designado al efecto por el titular del Servicio.

3. El Jefe del Gabinete Técnico. En su defecto, será suplido por un funcionario designado al efecto por el titular del Servicio.

4. El Jefe del Servicio de Estadísticas Económicas. En su defecto, será suplido por un funcionario designado al efecto por el titular del Servicio.

5. El Jefe del Servicio de Estadísticas Demográficas y Sociales. En su defecto, será suplido por un funcionario designado al efecto por el titular del Servicio.

6. El Asesor Técnico de Planificación. En su defecto, será suplido por un funcionario designado al efecto por la Secretaría General.

7. El Interventor Delegado en el instituto de Estadística de Andalucía.

8. Un representante del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía.

c) Secretario: El Jefe de la Sección de Administración General y Personal. En caso de ausencia, podrá actuar como tal el responsable del Negociado de Contratación.

Segundo.-El Presidente podrá designar, en función de la naturaleza del contrato, los funcionarios técnicos que estime procedente a efectos de asesoramiento, que participarán con voz pero sin voto.

Tercero.-Para la válida constitución de la Mesa de Contratación se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario, o en su caso de quienes les sustituyan, y de al menos cuatro de los Vocales que la constituyen.

Cuarto.-Queda sin efecto la Resolución de este Instituto de 6 de mayo de 1996, por la que se designa con carácter permanente a los miembros de la Mesa de Contratación del instituto de Estadística de Andalucía.

Quinto.-La presente Resolución comenzará a surtir efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».




Análisis jurídico



Este documento no tiene validez jurídica