Texto: LAN\2016\419 Estado: Disposición vigente
Resolución de Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, de 13 diciembre 2016. Ordena la instrucción de procedimientos de recolocación y redistribución en los institutos de enseñanza secundaria y puestos que se relacionan por provincias
Datos de la publicación donde se genera esta versión:
BOJA núm. 247 de 28/12/2016
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2016/247
Procedencia: Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos
Versión de 13/12/2016
Tipo de versión: INICIAL
Vigencia: 17/1/2017
La Orden de 11 de abril de 2011 (LAN\2011\181) (BOJA del 4 de mayo) regula los procedimientos de recolocación y de redistribución del personal funcionario de carrera de los cuerpos docentes contemplados en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
La referida Orden incluye, en el artículo 4, la posibilidad de llevar a cabo procedimientos de redistribución en otros centros de la misma localidad o de localidades de la zona educativa cuando, como consecuencia de la planificación educativa o por modificaciones del sistema educativo, se produzca la fusión de varios centros públicos en uno, se desdoblen, desglosen o supriman centros públicos o se trasladen o supriman determinadas enseñanzas en un centro público que afecte a personal funcionario de carrera con destino definitivo y no proceda la recolocación en el mismo centro.
Por otra parte, la Orden de 12 de junio de 2015 (BOJA del 18) amplía y actualiza la autorización de determinadas enseñanzas de formación profesional en centros docentes públicos. Entre los centros afectados por dicha disposición se encuentran diversos centros de localidades de las provincias de Cádiz, Málaga y Sevilla, algunas de cuyas enseñanzas se suprimen o trasladan a otros de las mismas o distintas localidades.
Por todo ello, esta Dirección General, en virtud de la facultad que le otorga el artículo 6 de la Orden de 11 de abril de 2011, a propuesta de las Delegaciones Territoriales de Educación de Cádiz, Málaga y Sevilla, y con la conformidad de la Dirección General de Planificación y Centros,
HA RESUELTO
1Ordenar la instrucción de los procedimientos de redistribución en los centros y puestos que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución, del personal funcionario de carrera afectado por la citada Orden de 12 de junio de 2015 con destino definitivo, sin perjuicio de la opción a declararse voluntariamente en situación de supresión, en los términos establecidos en el inciso final del apartado 2 del artículo 5 de la Orden de 11 de abril de 2011.
2Los procedimientos de redistribución citados se realizarán conforme a lo establecido en el artículo 6 de la citada Orden de 11 de abril de 2011, para cuya instrucción las Delegaciones Territoriales de Educación de Cádiz, Málaga y Sevilla designarán a un funcionario o funcionaria del Cuerpo de Inspectores de Educación, con destino en dichas provincias.
3Al personal redistribuido en los nuevos centros le será de aplicación, respecto de la antigüedad en los puestos y centros adjudicados, lo establecido en el artículo 7.1 de la reiterada Orden de 11 de abril de 2011.
4Los efectos administrativos de los procedimientos de redistribución se referirán al 1 de septiembre de 2016.
5Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, ante el mismo órgano que dicta la presente Resolución, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre ( LAN\2007\480 ) , de la Administración de la Junta de Andalucía, o alternativa y directamente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Análisis jurídico
Este documento no tiene validez jurídica